{"id":14941,"date":"2023-04-17T15:39:26","date_gmt":"2023-04-17T20:39:26","guid":{"rendered":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/?p=14941"},"modified":"2023-04-17T20:39:35","modified_gmt":"2023-04-17T20:39:35","slug":"mexico-apela-en-caso-contra-armerias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/?p=14941","title":{"rendered":"M\u00e9xico apela en caso contra armer\u00edas"},"content":{"rendered":"<p>El 14 de marzo, M\u00e9xico introdujo un\u00a0recurso de apelaci\u00f3n\u00a0ante el Tribunal de Apelaciones de EE. UU. para el Primer Circuito en su demanda civil contra siete fabricantes de armas y un distribuidor mayorista de armas. En su escrito, M\u00e9xico solicita la revocaci\u00f3n de decisi\u00f3n del Tribunal de Distrito para el Distrito de Massachusetts, el cual\u00a0desestim\u00f3\u00a0la mayor\u00eda de sus pretensiones con base en la Ley de Protecci\u00f3n del Comercio Legal de Armas (PLCAA, por sus siglas en ingl\u00e9s,\u00a015 U.S.C. \u00a7\u00a7 7901-7903), y porque dicho tribunal concluy\u00f3 que M\u00e9xico no hab\u00eda presentado una causal v\u00e1lida con respecto a los otros cargos. El caso, que plantea importantes cuestiones en materia de litigios transnacionales y responsabilidad empresarial, se ha discutido en\u00a0<em>Just Security<\/em>\u00a0aqu\u00ed,\u00a0aqu\u00ed\u00a0y\u00a0aqu\u00ed.<sup><a href=\"https:\/\/eljuegodelacorte.nexos.com.mx\/mexico-apela-en-caso-contra-armerias\/#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">1<\/a><\/sup>\u00a0Este art\u00edculo pasa revista de los argumentos de M\u00e9xico, los cuales apuntan que el tribunal de distrito se equivoc\u00f3 al definir el enfoque de la PLCAA de manera tan amplia como para aplicarla extraterritorialmente a hechos y da\u00f1os ocurridos en el extranjero.<\/p>\n<h4><strong>Antecedentes y demanda<\/strong><\/h4>\n<p>El litigio es altamente relevante para Am\u00e9rica Latina y el Caribe, una regi\u00f3n en donde entre el 70 y 90 por ciento de los homicidios\u00a0son causados\u00a0por armas de fuego. Muchas de estas armas son traficadas ilegalmente desde EE. UU., y han sido se\u00f1aladas como causas tanto de la\u00a0migraci\u00f3n\u00a0hacia el\u00a0norte\u00a0como de la actual crisis de\u00a0fentanilo.<\/p>\n<p>En su\u00a0demanda, M\u00e9xico argument\u00f3 que las compa\u00f1\u00edas se\u00f1aladas han ayudado e instigado el tr\u00e1fico il\u00edcito de medio mill\u00f3n de armas hacia M\u00e9xico por a\u00f1o mediante pr\u00e1cticas irresponsables en la manufactura, promoci\u00f3n y distribuci\u00f3n de sus productos. Seg\u00fan el gobierno mexicano, esta falta \u201cde cuidado razonable\u201d equivale a una conducta negligente que est\u00e1\u00a0armando a los c\u00e1rteles\u00a0en su territorio y constituye la \u201ccausa pr\u00f3xima\u201d de la violencia armada que ha cobrado m\u00e1s de 95,584 vidas all\u00ed\u00a0desde 2019.<\/p>\n<div class=\"1HrSd3gc\"><\/div>\n<h4><strong>La desestimaci\u00f3n en la corte de distrito y PLCAA<\/strong><\/h4>\n<p>En septiembre, la corte de distrito\u00a0concedi\u00f3\u00a0una\u00a0moci\u00f3n de desestimaci\u00f3n\u00a0a las compa\u00f1\u00edas demandadas, principalmente en virtud de PLCAA. Ese estatuto proh\u00edbe la interposici\u00f3n en cortes federales y estatales de una \u201cacci\u00f3n calificada por responsabilidad civil\u201d en contra de fabricantes y distribuidores de armas por da\u00f1o \u201ccausado por el uso indebido, ya sea delictivo o il\u00edcito, de productos clasificados como armas de fuego\u201d por parte de terceros.<\/p>\n<p>Dado que la corte de distrito encontr\u00f3 que la conducta relevante al enfoque de PLCAA ocurri\u00f3 en Estados Unidos, decidi\u00f3 aplicar ese estatuto al caso. Ello, a pesar de que otros hechos relevantes ocurrieron en el extranjero. M\u00e9xico, sin embargo, argument\u00f3 que la conducta ilegal relevante \u2014la cual desemboc\u00f3 en p\u00e9rdidas humanas, materiales y econ\u00f3micas\u2014 ocurri\u00f3 en su propio territorio. Con base en ello, el gobierno mexicano avanz\u00f3 que las leyes mexicanas en materia de responsabilidad civil eran aplicables a seis de sus pretensiones, y que PLCAA no pod\u00eda aplicarse extraterritorialmente para prohibir esas causas.<\/p>\n<p>No obstante, la corte de distrito encontr\u00f3 que no era necesario hacer un an\u00e1lisis de derecho aplicable (\u201cchoice of law analysis\u201d), dado que PLCAA es una \u201cley que sustrae la jurisdicci\u00f3n\u201d en relaci\u00f3n con todas las acciones o procedimientos civiles iniciados por cualquier persona contra un fabricante o vendedor de un arma de fuego. Algunos analistas han criticado a la corte de distrito respecto de esta conclusi\u00f3n (v\u00e9ase\u00a0aqu\u00ed\u00a0y\u00a0aqu\u00ed) por extender indebidamente el alcance geogr\u00e1fico de esa ley a las reclamaciones hechas con arreglo a la legislaci\u00f3n mexicana. PLCAA proh\u00edbe las acciones civiles por el \u201cuso criminal o il\u00edcito indebido\u201d de armas de fuego en virtud de la legislaci\u00f3n federal y estatal de Estados Unidos, pero nada en su texto o\u00a0conclusiones\u00a0establece que proh\u00edba las reclamaciones presentadas en virtud de legislaci\u00f3n extranjera.<\/p>\n<h4><strong>M\u00e9xico apela la aplicaci\u00f3n \u201cimpermisiblemente extraterritorial\u201d de PLCAA<\/strong><\/h4>\n<p>En su apelaci\u00f3n, M\u00e9xico argumenta que la aplicaci\u00f3n de PLCAA que hizo la corte de distrito para excluir sus reclamaciones conforme al derecho mexicano en materia de responsabilidad civil fue \u201cimpermisiblemente extraterritorial\u201d. El planteamiento principal de M\u00e9xico respecto de este punto es que el \u201cda\u00f1o por el uso indebido de armas\u201d es la conducta relevante para determinar el enfoque de PLCAA, y que dicha conducta ocurri\u00f3 en M\u00e9xico. A falta de cualquier indicaci\u00f3n de que PLCAA proh\u00edbe reclamos basados en legislaci\u00f3n extranjera por da\u00f1os ocurridos en el extranjero, se deduce que PLCAA por s\u00ed sola no podr\u00eda impedir que prosperen las reclamaciones de M\u00e9xico a la fase sustantiva del procedimiento. Por ello, M\u00e9xico argumenta que la corte de distrito err\u00f3 al aplicar PLCAA bajo el supuesto de que \u201ctoda\u201d la conducta ilegal de las demandadas \u201c<em>ocurri\u00f3<\/em>\u00a0en los Estados Unidos y solamente\u00a0<em>result\u00f3<\/em>\u00a0en da\u00f1os en M\u00e9xico.\u201d Al contrario: \u201c[l]a Demanda alega detalladamente que las Demandadas incurren en\u00a0<em>conducta dentro de M\u00e9xico<\/em>\u00a0cuando ayudan o instigan el tr\u00e1fico de armas a M\u00e9xico.\u201d<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, M\u00e9xico alega que la amplitud con la cual la corte de distrito interpret\u00f3 el enfoque de PLCAA fue tautol\u00f3gica y condujo a resultados no deseados. En particular, M\u00e9xico se inconform\u00f3 con la determinaci\u00f3n de la corte de distrito seg\u00fan la cual: \u201cPLCAA busca regular los tipos de reclamaciones que pueden presentarse contra los fabricantes y vendedores de armas de fuego\u2026 De hecho, el estatuto busca prohibir exactamente el tipo de demanda que est\u00e1 actualmente ante esta Corte.\u201d<\/p>\n<p>De acuerdo con M\u00e9xico, PLCAA no \u201cbusca regular los tipos de reclamaciones\u201d que pueden ser interpuestas. M\u00e1s bien, PLCAA \u201c<em>define las reclamaciones<\/em>\u00a0que proh\u00edbe y protege a las compa\u00f1\u00edas fabricantes y vendedoras de armas de\u00a0<em>esas<\/em>\u00a0reclamaciones.\u201d Inferir una funci\u00f3n \u201cregulatoria\u201d en el texto de PLCAA que el Congreso estadounidense no previ\u00f3, asegura M\u00e9xico, \u201cdar\u00eda a las cortes rienda suelta\u201d para sustituir al poder legislativo \u201cen lugar de asegurar que sea el Congreso, no las cortes, quien emita esos juicios de pol\u00edtica exterior.\u201d<\/p>\n<p>M\u00e9xico insiste que es abundantemente claro que PLCAA proh\u00edbe \u201cacciones calificadas por responsabilidad civil\u201d que resultan en da\u00f1os por el \u201cuso delictivo e indebido\u201d de armas de fuego (\u00a77902(a);\u00a0\u00a77903(5)(A)). Asimismo, dado que la presunci\u00f3n contra la extraterritorialidad<sup><a href=\"https:\/\/eljuegodelacorte.nexos.com.mx\/mexico-apela-en-caso-contra-armerias\/#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">2<\/a><\/sup>\u00a0sostiene que \u201cen ausencia de una intenci\u00f3n claramente expresada por el Congreso en sentido contrario, se interpretar\u00e1 que las leyes federales s\u00f3lo tienen aplicaci\u00f3n interna\u201d (<em>RJR Nabisco, Inc.<\/em>\u00a0c.\u00a0<em>European Community<\/em>) la conducta \u201cdelictiva o il\u00edcita\u201d cubierta por PLCAA debe interpretarse como aplicable a hechos ocurridos en Estados Unidos con respecto a la legislaci\u00f3n penal estadounidense. En apoyo de esta interpretaci\u00f3n, M\u00e9xico cita el caso\u00a0<em>Small<\/em>\u00a0c.\u00a0<em>Estados Unidos<\/em>, en el cual la Corte Suprema estadounidense interpret\u00f3 una ley federal que penalizaba la posesi\u00f3n de un arma de fuego en Estados Unidos por \u201ccualquier persona\u2026 que haya sido condenada en cualquier corte\u201d. A pesar de esta amplia referencia, la Corte Suprema concluy\u00f3 que la frase \u201ccondenado en cualquier corte\u201d no inclu\u00eda las condenas en tribunales extranjeros.\u00a0<em>Small<\/em>\u00a0se discuti\u00f3 a fondo en los alegatos escritos de M\u00e9xico, pero el caso no fue mencionado por la corte de distrito.<\/p>\n<p>Respecto de la afirmaci\u00f3n de la corte de distrito seg\u00fan la cual PLCAA es una \u201cley que sustrae la jurisdicci\u00f3n\u201d, M\u00e9xico observ\u00f3 que ninguna otra corte ha llegado a esa conclusi\u00f3n. En cualquier caso, la presunci\u00f3n contra la extraterritorialidad tambi\u00e9n aplica a estatutos \u201cestrictamente jurisdiccionales\u201d de acuerdo con\u00a0<em>Kiobel<\/em>. Adem\u00e1s, de acuerdo con M\u00e9xico, la calificaci\u00f3n de PLCAA como \u201csustractor de jurisdicci\u00f3n\u201d que hizo la corte de distrito no tom\u00f3 en cuenta precedentes determinando que PLCAA \u201cno priva a las cortes de jurisdicci\u00f3n material\u201d (<em>City of New York<\/em>\u00a0c.\u00a0<em>Mickalis Pawn Shop, LLC<\/em>\u00a0(Segundo Circuito 2011);\u00a0<em>Ileto\u00a0<\/em>c<em>. Glock, Inc<\/em>.\u00a0(Noveno Circuito 2009).<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1, dos de los reclamos del gobierno basados en leyes estatales estadounidenses, entran dentro de la denominada \u201cexcepci\u00f3n de predicado\u201d de PLCAA, la cual permite demandas contra fabricantes por violar a sabiendas una ley federal o estatal \u201caplicable a la venta o comercializaci\u00f3n\u201d de un arma de fuego o municiones. La infracci\u00f3n denunciada debe ser tambi\u00e9n \u201cuna causa pr\u00f3xima del da\u00f1o cuya reparaci\u00f3n se solicita\u201d. Sin embargo, como ya se ha\u00a0se\u00f1alado, las cortes estatales y federales discrepan sobre el alcance de esta excepci\u00f3n.<\/p>\n<h4><strong>Alcance sustantivo de PLCAA<\/strong><\/h4>\n<p>Un\u00a0<em>amicus curiae<\/em>\u00a0presentado en nombre de profesores expertos en litigio transnacional sostiene que PLCAA no proh\u00edbe las reclamaciones de gobiernos extranjeros en virtud del derecho extranjero, independientemente de c\u00f3mo se resuelva la cuesti\u00f3n de su extraterritorialidad. Los profesores se\u00f1alan que PLCAA s\u00f3lo cubre los reclamos basados en el uso indebido \u201cdelictivo o il\u00edcito\u201d de armas de fuego y argumentan que las palabras \u201cdelictivo o il\u00edcito\u201d se refieren \u00fanicamente a la legislaci\u00f3n federal y estatal estadounidense. Tambi\u00e9n se\u00f1alan que varias leyes federales mencionan expresamente el derecho extranjero como prueba de que \u201cel Congreso sabe c\u00f3mo referirse al derecho extranjero cuando quiere hacerlo.\u201d<\/p>\n<p>Los profesores tambi\u00e9n argumentan que la referencia de PLCAA a demandas presentadas por \u201ccualquier persona\u201d no incluye las demandas de gobiernos extranjeros. Se\u00f1alan que la Suprema Corte ha sostenido que la frase \u201ccualquier persona\u201d no es necesariamente suficiente para incluir a personas extranjeras y que, en otros estatutos, el Congreso ha identificado expresamente a los gobiernos extranjeros cuando ha querido incluirlos. El escrito se\u00f1ala que las\u00a0conclusiones codificadas\u00a0del Congreso identifican las demandas a las que se refiere PLCAA, concretamente las \u201ciniciadas o contempladas por el Gobierno Federal, los estados, los municipios y los grupos de inter\u00e9s privados y otros\u201d que \u201cse basan en teor\u00edas sin fundamento en cientos de a\u00f1os de derecho anglosaj\u00f3n\u2026 y no representan una expansi\u00f3n de buena fe del derecho anglosaj\u00f3n.\u201d<\/p>\n<p>En resumen, argumentan los profesores, independientemente de si PLCAA se aplica extraterritorialmente, la ley simplemente no cubre las reclamaciones de gobiernos extranjeros (a diferencia de los gobiernos de Estados Unidos) basadas en el derecho civil mexicano (a diferencia del\u00a0<em>common law<\/em>).<\/p>\n<h4><strong>Comitas internacional y elecci\u00f3n del derecho aplicable<\/strong><\/h4>\n<p>M\u00e9xico tambi\u00e9n afirma que el principio de cortes\u00eda internacional (comitas) \u201cmantiene a las cortes de Estados Unidos rec\u00edprocamente abiertas a las reclamaciones de soberanos extranjeros\u201d y que Estados Unidos \u201cha honrado este principio internacional por m\u00e1s de 230 a\u00f1os.\u201d Las empresas demandadas\u00a0argumentaron\u00a0que \u201cseg\u00fan los principios b\u00e1sicos de la cortes\u00eda internacional, un soberano extranjero no puede utilizar la ley extranjera para regular las operaciones de empresas estadounidenses dentro de Estados Unidos\u201d. Seg\u00fan otro dossier\u00a0<em>amicus<\/em>\u00a0presentado en nombre de los profesores Thomas Kadner Graziano y Alex Mills, este argumento malinterpreta el car\u00e1cter jur\u00eddico de la \u201ccortes\u00eda\u201d, que ha sido definida por la Corte Suprema de Estados Unidos, en\u00a0<em>Hilton v. Guyot<\/em>, como \u201cni una cuesti\u00f3n de obligaci\u00f3n absoluta, por un lado, ni de mera cortes\u00eda y buena voluntad, por otro\u201d. Seg\u00fan estos acad\u00e9micos:<\/p>\n<p>\u201cla cortes\u00eda no\u00a0<em>proh\u00edbe<\/em>\u00a0que la ley extranjera se aplique a las empresas estadounidenses, sino que proporciona una\u00a0<em>justificaci\u00f3n<\/em>\u00a0para que las cortes estadounidenses apliquen la ley extranjera (e incluso a las empresas estadounidenses) en casos relacionados con Estados extranjeros. Las reglas de elecci\u00f3n del derecho aplicable dan un efecto concreto a la cortes\u00eda, en consonancia con principios m\u00e1s amplios del derecho internacional p\u00fablico.\u201d<\/p>\n<p>Los profesores Kadner Graziano y Mills concluyen que \u201cM\u00e9xico argumenta de manera consistente con el derecho internacional, que la ley mexicana se aplica a sus reclamaciones en agravio con base en el da\u00f1o sufrido en y hacia M\u00e9xico; no se busca \u2018utilizar la ley extranjera para regular las operaciones de las empresas estadounidenses\u2019\u201d. Esta opini\u00f3n se alinea con la decisi\u00f3n de la Corte Suprema en el caso\u00a0<em>RJR Nabisco, Inc.<\/em>\u00a0v.\u00a0<em>European Community<\/em><em>,<\/em>\u00a0que M\u00e9xico tambi\u00e9n invoca: \u00ab[Una] corte ordinariamente \u2018aplicar\u00e1 la ley extranjera para determinar la responsabilidad del causante del da\u00f1o\u2019 a \u2018un demandante lesionado en un pa\u00eds extranjero\u2019\u201d. M\u00e9xico reitera, adem\u00e1s, como lo hizo en su demanda original, que el enfoque de Massachusetts sobre la elecci\u00f3n de la ley aplicable prescribe \u201cuna presunci\u00f3n a favor del lugar del da\u00f1o\u201d, es decir, M\u00e9xico.<\/p>\n<h4><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h4>\n<p>Los argumentos de la apelaci\u00f3n mexicana sosteniendo que la aplicaci\u00f3n de PLCAA que hizo la corte de distrito es \u201cimpermisiblemente extraterritorial\u201d, sugieren que el Primer Circuito podr\u00eda tratar esta cuesti\u00f3n directamente. En t\u00e9rminos m\u00e1s generales, el litigio de M\u00e9xico forma parte de un esfuerzo m\u00e1s amplio por responsabilizar a los miembros negligentes de la industria de armas estadounidense por los da\u00f1os transfronterizos causados con sus productos en su territorio. En procedimientos separados, M\u00e9xico ha presentado una\u00a0demanda\u00a0en Arizona contra cinco vendedores de armas, a nombre propio y en el de sus ciudadanos, alegando complicidad en el tr\u00e1fico de armas. Tambi\u00e9n ha\u00a0solicitado\u00a0una opini\u00f3n consultiva a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la cual pide a la Corte que esboce las obligaciones de los Estados y las empresas con respecto a la producci\u00f3n, distribuci\u00f3n y venta de armas y su impacto en los derechos humanos, incluido el acceso a la justicia. Estas iniciativas apuntan hacia un enfoque innovador para frenar el tr\u00e1fico de armas, el cual podr\u00eda traducirse en decisiones y reformas dirigidas a salvar vidas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 14 de marzo, M\u00e9xico introdujo un\u00a0recurso de apelaci\u00f3n\u00a0ante el Tribunal de Apelaciones de EE&#8230;.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":14943,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-14941","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacional"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/11-11-8.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14941","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14941"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14941\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":14942,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14941\/revisions\/14942"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/14943"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14941"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14941"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--mscarasypolticascozumel-t5b42a.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14941"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}